Ayudas y subvenciones compra sillas de ruedas, Andalucia

Personas con Discapacidad en Andalucía
Andalucía cuenta con más de 6,6 millones de personas, lo que la convierte en la Comunidad Autónoma de mayor población del territorio nacional; en esta comunidad reside el 18% de la población española.
Respecto de la población con discapacidad de Andalucía, de acuerdo con la Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud de 1999, en esta comunidad residen 708.831 personas con discapacidad, el 20,38%. Andalucía es la Comunidad Autónoma que cuenta con mayor
número de personas con discapacidad y su porcentaje, superior en 2,98 puntos al de la población general, es el que mayor diferencial presenta
respecto de todas las Comunidades Autónomas.
La distribución por rangos de edad de la población con discapacidad andaluza es la siguiente: el 45% tiene entre 6 y 64 años y el 55% restante es mayor de 64 años.
Respecto de la distribución de la población con discapacidad por géneros, en esta Comunidad Autónoma se observa que la proporción de mujeres con discapacidad es del 57% y la de hombres del 43%, valores muy próximos a los valores medios de la población con discapacidad total. Para edades inferiores a 44 años la proporción de hombres con discapacidad se sitúa en el 59%, 19 puntos por encima de la proporción de mujeres.
Esta proporción varía a partir de los 45 años. La proporción de mujeres con discapacidad es mayor y el diferencial de mujeres con discapacidad,
respecto de hombres, aumenta al ir incrementándose el rango de edad observado. El máximo valor de este diferencial se alcanza en la población
mayor de 45 años con una diferencia entre géneros de 45 puntos.
La provincia de Sevilla es la que concentra el mayor número de personas con discapacidad. Esta provincia junto a la de Málaga, Cádiz y Córdoba concentran el 66% de la población con discapacidad de la comunidad.
Si observamos la distribución de las discapacidades presentadas por la población de la Comunidad Autónoma de Andalucía lo primero que observamos es que cuatro discapacidades:

Desplazarse, Desplazarse fuera del hogar, utilizar brazos y manos y Realizar tareas del hogar, suman el 60% de las discapacidades. La discapacidad

Realizar tareas del hogar muestra una diferencia de género significativa al ser presentada en un 70% por mujeres y en un 30% por hombres. Esta diferencia se irá manteniendo en valores próximos en el resto de las Comunidades Autónomas. Respecto del resto de las discapacidades no existen diferencias significativas en cuanto a género. Distribución de las Ayudas Técnicas recibidas en Andalucía Respecto de las Ayudas Técnicas recibidas por la población con discapacidad de Andalucía, el 12% eran Ayudas Técnicas, el 11% eran Ayudas
Técnicas y Asistencia Personal y el 77% restante era Asistencia Personal. Las Ayudas Técnicas suponen un 23% del total de las Ayudas percibidas. Si analizamos la demanda de Ayudas Técnicas por tipo de discapacidad en Andalucía, observamos que las discapacidades que recibieron Ayudas Técnicas para el desplazamiento (Desplazarse y Desplazarse fuera del hogar) conforman el 63% de las Ayudas.
La distribución de las Ayudas Técnicas percibidas por los diferentes tipos de discapacidad de Andalucía, en función del género que percibe la Ayuda Técnica, no presenta diferencias significativas, siendo superior el porcentaje de mujeres receptoras de Ayudas Técnicas en cada una de las categorías de discapacidad. Como se ha consignado anteriormente, la recepción de Ayudas Técnicas en Andalucía presenta una balanza favorable para las de mujeres con discapacidad. El 60% de las discapacidades que reciben Ayudas Técnicas durante el año 1999 fueron presentadas por mujeres, el 15,8% correspondió a mujeres con edades comprendidas entre los 6 y los 64 años y el 44,6% restante a mujeres mayores de 64 años.

Respecto de los rangos de edad que recibieron Ayudas Técnicas, como podemos apreciar en el siguiente gráfico el 33,2% corresponde a personas con edades comprendidas entre los 6 y los 64 años y el 66,8% a las personas con edad superior a los 64 años. Empresas del sector de las Ayudas Técnicas en Andalucía Andalucía, con 244 ortopedias, es la segunda Comunidad más numerosa este tipo de centros y la tercera, junto al País Vasco, en importancia en cuanto a la concentración de empresas fabricantes y distribuidoras. En esta comunidad se encuentran el 15% de las ortopedias y el 5% de las empresas fabricantes y/o distribuidoras de Ayudas Técnicas, con lo que en esta comunidad están establecidas el 13% de las empresas del sector.
Realizando un balance respecto de la situación en Andalucía se puede decir que el porcentaje de ortopedias y el porcentaje de empresas fabricantes y distribuidoras es inferior al de personas con discapacidad.
Procedimiento de Prestación Ortoprotésica La Orden 195/1998 de 13 de octubre, BOJA nº 125 de 3 de noviembre de 1998, regula la prestación ortoprotésica y en su Anexo I incluye el Catálogo General Ortoprotésico.
La organización de la prestación ortoprotésica y el procedimiento para acceder a los productos del Catálogo General Ortoprotésico viene regulado por la Resolución de 9 de noviembre de 1998, del Servicio Andaluz de Salud, BOJA nº 135 de 26 de noviembre de 1998.
Esta normativa ha sido posteriormente modificada por las órdenes de 1 de junio de 2000, BOJA nº 69 de 1 de junio de 2000, y de 7 de febrero de 2001, BOJA nº 19 de 15 de febrero de 2001 (modifica una de las observaciones, del catálogo, a las prestaciones y actualiza determinadas Ayudas Técnicas incluidas en el Catálogo), que modifican el Catálogo General de Ortoprotésica.
Establecimientos
Los establecimientos que pueden dispensar las Ayudas Técnicas incluidas en el Catálogo General de Ortoprotésica deberán suscribir un convenio de colaboración con el Servicio Andaluz de Salud. Los establecimientos que suscriban el convenio deberán poder suministrar al menos un modelo de cada producto incluido en el catálogo, excepto para prótesis especiales elaboradas por gabinetes técnicos no ortopédicos.
Solicitud y Adquisición de la Prestación Ortoprotésica:
Solicitud
El usuario puede iniciar este proceso porque es usuario habitual de Ayudas Técnicas y necesita la prestación de algún servicio o puede incorporarse en el paso 3º, tras acudir al médico especialista que le recomienda la utilización de una Ayuda Técnica:
Paso 1º.
Solicitud de un volante al médico de cabecera para acudir a una cita con un médico especialista.
Paso 2º.
Visita al médico especialista para solicitarle la prescripción de la Ayuda Técnica.
Paso 3º.
De acuerdo con la deficiencia observada en el paciente, el médico especialista determinará si es necesaria alguna Ayuda Técnica.
Paso 4º.
Antes de la prescripción, el médico especialista deberá comprobar si la Ayuda Técnica está incluida en el Catálogo General de Ortoprotésica. La prescripción podrá ser realizada por facultativos de atención especializada del Servicio Andaluz de Salud. Cuando circunstancias excepcionales lo requieran podrán ser prescritas por médicos adscritos a las estructuras directivas y Gestorías de Usuarios de los Centros de Asistencia Especializada.
• Si la Ayuda Técnica está incluida en el Catálogo: El médico especialista deberá cumplimentar el impreso de solicitud de la prestación incluyendo los códigos de identificación de la Ayuda Técnica.
• Si la Ayuda Técnica no está contemplada en el Catálogo: El paciente deberá afrontar el coste de la Ayuda Técnica. Las Ayudas Técnicas deberán ser prescritas en el modelo normalizado existente. Anexo I Resolución de 9 de noviembre de 1998. La validez de la prescripción será de 60 días. Queda a potestad del prescriptor la posibilidad de dar el visto bueno a la Ayuda Técnica dispensada.
Paso 5º.
El paciente ha de dirigirse con la hoja de prescripción a la Unidad Administrativa responsable de la gestión de estas prestaciones (Unidad de Prestaciones) en su Centro Sanitario donde se completarán los datos de la prescripción y en los casos requeridos se tramitará el visado previo. Además deberá aportar fotocopia del DNI y Tarjeta Sanitaria (TASS).
Los productos que no tengan establecida una cuantía o las reparaciones requerirán de la presentación previa de un presupuesto.
Paso 6º.
La Unidad de Prestaciones entregará al paciente:
• Original del documento de prescripción debidamente cumplimentado.
• Ficha informativa con las principales características de la Ayuda Técnica prescrita.
• Relación de gabinetes técnicos que tienen suscrito el convenio de colaboración y pueden proveer de la Ayuda Técnica.
Adquisición de la Ayuda Técnica:
Paso 7º.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía se aplica el sistema de pago directo de la prestación ortoprotésica por parte del Servicio de Salud Andaluz. Por lo que una vez obtenido el visto bueno de la Unidad de Prestaciones, el usuario puede adquirir la Ayuda Técnica y corresponderá a los establecimientos dispensadores gestionar el cobro al Servicio Andaluz de Salud de la Ayuda Técnica suministrada.

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